Reglas para el Movimiento Solidaridad
22 de noviembre. En la fiesta de Cristo Rey, año de la encarnación del señor de 2020.

Introducción
En reparación a la continua deformación de la historia con respecto a los caballeros de la orden del templo, más conocidos como los caballeros templarios, que fueron monjes entregados a la obra de Dios que lo abandonaron todo para servirle en su Iglesia que es Una, Santa, Católica y Apostólica.
Hemos asumido con ligeras variaciones su regla, las cuales fueron escritas por San Bernardo de Claraval y aprobadas en el Concilio de Troyes, en 1129. Estas pequeñas variaciones corresponden a una adecuación a nuestros tiempos, pero conservan casi el texto exacto y el espíritu invariable.
Este instrumento normativo para regular nuestro diario transcurrir se redacta debido al crecimiento del Movimiento Solidaridad, definiendo unas ordenanzas internas que regulen la vida comunitaria.
Preámbulo
Primera Parte
I. Cómo se ha de oír el oficio divino
II. Si no pudiesen asistir a oír el oficio divino, que digan las oraciones.
III. De los hermanos muertos.
IV. De los Estandartes de la Inmaculada difuntos que asisten con ellos.
V. Que los capellanes solo tengan comida y vestido.
La totalidad del cabildo común os ordena que deis toda clase de ofrendas y limosnas, de cualquier manera, en que éstas puedan ser entregadas, a los capellanes, clérigos y demás religiosos que permanecen en la caridad por un término fijo. Según la autoridad de Dios Nuestro Señor, aquellos que sirven a la Iglesia sólo pueden tener comida y ropa, y no pueden atreverse a aspirar a nada más salvo cuando el hermano menor desee entregarles cualquier cosa impulsado por la caridad.
VI. Que ningún hermano que queda haga oblación.
VII. De la comida en el refectorio.
VIII. Después de comer, que den gracias a Dios.
IX. De la lectura.
X. Sobre los hermanos enfermos.
Los hermanos que constase estén enfermos o fatigados a causa de la obra de la casa no necesitan levantarse en los maitines, sino que, con permiso del hermano menor o de quien estuviese en su lugar, descansen, y recen trece padrenuestros, como está establecido, de manera que el pensamiento acompañe a la voz, según aquello que dijo el profeta: “Cantad al Señor sabiamente” y “Te cantaré en presencia de los ángeles”. Esto siempre se debe dejar al arbitrio del hermano menor.
Segunda Parte
XI. Del exceso del pelo.
Conviene que todos los hermanos tengan bien cortado el pelo por delante y por detrás con cuanto orden se pueda, observándose lo mismo en la barba y el bigote, para que el exceso no denote vicio en el rostro.
XII. Del comer carne en la semana.
XIII. Como deben comer los Estandartes de la Inmaculada.
XIV. Que en los demás días llegue con dar dos o tres platos de legumbres.
XV. De las comidas del viernes.
XVI. Que la décima parte del pan se dé al limosnero.
Aunque el premio de la pobreza es el reino de los cielos, y sin duda se le deba a los pobres, mandamos dar cada día al limosnero la décima de todo el pan.
XVII. Que la colación esté al arbitrio del hermano menor.
XVIII. Concluidas las completas se guardará silencio.
XIX. Sobre la vida en comunidad.
XX. Sobre la vestimenta de los hermanos.
Tercera Parte
XXI. Nuestra insignia es el cumplimiento de la regla.
XXII. Sobre los que abracen la regla.
XXIII. Que las vestiduras viejas se repartan entre los pobres y necesitados.
XXIV. Que al que desee el mejor vestido se le dé el peor.
XXV. De la limpieza interior y exterior.
XXVI. Que ninguno ande según su propia voluntad.
Conviene a los Estandartes de la Inmaculada, así por el servicio que profesaron como por la gloria de la bienaventuranza o temor del infierno, que guarden obediencia perpetuamente a la regla. Se ha de observar lo que fuera mandado por el Hermano menor, o quien lo substituya, y se ha de ejecutar sin tardanza, como si Dios lo mandase, no habiendo dilación en ejecutarlo; de estos dice el salmo 17: “Luego que me oíste, me obedeciste”.
XXVII. Si es lícito tomar decisiones sobre el Movimiento sin licencia del Hermano menor.
XXVIII. Si les es lícito andar solos.
No osen andar sin compañero o hermano ni de día ni de noche en los temas del Movimiento; y, cuando se hospedasen, ningún Estandarte de la inmaculada ande por los alojamientos de otros, con motivo de verlos y hablarles, sin licencia (como ya se dijo más arriba). Y aconsejamos que, en esta orden, como ordenado por Dios, ninguno luche en ella ni descanse sino según el mandato del hermano menor, a quien incumbe, para que imite la sentencia del Señor: “No vine a hacer mi voluntad, sino la de mi padre que me envió”.
XXIX. Que nadie, por su nombre, pida.
XXX. De la correspondencia.
Cuarta Parte
XXXI. Que nadie se ufane de sus culpas.
XXXII. Que siempre se de verdadera razón de nuestra fe.
XXXIII. Sobre el juzgar.
XXXIV. Que esta regla se aplique en todas las cosas.
XXXV. Que sea lícito a todos los hermanos que siguen la regla tener tierras y hombres.
XXXVI. Que se tenga gran cuidado con los enfermos.
XXXVII. Que a los enfermos se les dé todo lo necesario.
XXXVIII. Que no se provoquen la ira unos a otros.
XXXIX. Sobre el modo de recibir a los hermanos casados.
Quinta Parte
XL. De las hermanas.
XLI. Que los Estandartes de la Inmaculada no se relacionen con excomulgados
XLII. Como se debe acoger a los políticos, intelectuales y otros.
XLIII. Que a los Capítulos privados no se llame a todos los hermanos.
XLIV. Con que silencio deben orar.
XLV. Sobre los nuevos simpatizantes del Movimiento.
Supimos que, muchos de muchas Provincias, desean por la salud de sus almas servir en nuestra casa. Es útil que los recibáis con confianza, para que los enemigos envidiosos no los hagan arrepentirse de su coraje ni de sus buenos propósitos.